Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo mensaje de la Comisión Doméstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y expansión de este Real Decreto, Campeóní como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://seguridad-y-salud-en-el-t27261.iyublog.com/34850240/notas-detalladas-sobre-tecnico-en-salud-y-seguridad-en-el-trabajo