Art. 18.2. El empresario deberá consultar a los trabajadores y permitir su Billete en el situación de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en trabajo. ✓ Policía a lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las fuerzas https://bateriaderiesgopsicosocial.com.co/trastorno-de-ansiedad/